sábado, 21 de diciembre de 2013

EL PEQUEÑO TRÁMITE

Durante treinta años las cosas han sido en la Fiscalía de una manera.  En los últimos diez, yo diría que desde la depuración de Carlos Jiménez Villarejo por el Gobierno, con la inestimable colaboración de la mayoría del Consejo Fiscal, la administración de la Fiscalía definitivamente entró en caída libre. Pocas cosas no se han hecho por las mayorías o por las  minorías en el Consejo (y a veces, por ambos unidos), para intentar ganar poder en el seno de la Fiscalía.  Lo han conseguido, normalmente amparados por el FGE afín, nombrado por el partido afín.  Hoy son la jerarquía de la Carrera, con muy pocas excepciones, miembros relevantes de las asociaciones hegemónicas.   Se las han hecho gordas entre ellos, claro; pero casi nunca han considerado que en la Fiscalía había más gente, fiscales que querían ascender, desarrollarse profesionalmente, y ser respetados en su trabajo.    Pero al tiempo que se empeñaban en esa espiral de ganar poder e influencia, han dejado de lado la más importante de sus razones de exisitir: la defensa de los compañeros, de quienes trabajan en las trincheras, a quienes se les imponen Jefes sin oírlos, a quienes se les castiga con el oscurantismo en todas las decisiones profesionales que les afectan, a quienes no se les oye (o al menos, no se les escucha) cuando se quejan.   A esos, ni caso.   A pesar de no haber puesto pie en pared con las sustituciones (dando satisfacción así a quienes ahorran dos millones de euros anuales a costa de tortillas de lexatin para algunos fiscales y de una merma en la calidad del servicio), el colmo ha llegado con la expulsión de un fiscal por unanimidad en el Consejo Fiscal, vulnerando sus derechos fundamentales.  Sigo preguntándome en qué pensaron cuando uno tras otro de los vocales votaron que lo echaran por faltas que no eran tales, como ha tenido ocasión de decir, avergonzando a la Fiscalía, la Audiencia Nacional.   Y sigo preguntándome, porqué, pasados dos meses, ninguna de las asociaciones, ninguno de los vocales, ninguno de los miembros del Consejo Fiscal, ha dicho nada sobre el tema; porqué no se disculpan, o se explican, o se justifican.   O dimiten.  Como si no hubiera pasado nada.

Ese comportamiento solo provoca una inferencia: quieren que todo siga igual.   Y seguirá igual, posiblemente.  Pero antes han de pasar un trámite, una cosa que en otras ocasiones no tenía gran importancia porque aquí el pescado ha estado casi siempre vendido.  Tienen que renovar sus mayorías en el Consejo Fiscal.    Nos hablarán de sus logros, sin duda.   Yo también hablaré de sus logros en este blog.   Pero deberán convencer a los fiscales de que a pesar de que todo lo ocurrido ha sido a causa de ellos, las cosas van a cambiar ahora gracias a ellos.    Si lo consiguen, chapeau.   Pero si no lo consiguen, aquí van a cambiar muchas cosas.

viernes, 20 de diciembre de 2013

INFORTUNYO, por Susana Gisbert

Para el que no lo sepa, Fortuny es -además de un pintor y una calle de Madrid, en la que se ubica la Fiscalía General del Estado-, el nombre del programa informático con el que trabajamos, o lo intentamos, la mayoría de fiscales de España. Y digo la mayoría, por, dependiendo de la Comunidad Autónoma, se usa éste o algún otro. Primer desatino.

Pero para muchos Fortuny es la palabra que maldecimos a diario, una y mil veces, porque tarde en conectarse o porque no lo hace, porque desaparece de la pantalla de repente, porque nos pide miles de datos y porque, a veces, se queda sin fuerzas como el niño del anuncio de Actimel. Tal cual, con la pantalla congelada en blanco y negro. Y hay que volver a empezar. Y otra vez la ristra de maldiciones.

Y si con esto no fuera  suficiente, dos apagones informáticos en dos semanas, de varios días, para actualizar no sé qué cosa, porque a mí me ha aparecido idéntico. Y aún he tenido suerte, que ya he conseguido vencer a la caducidad de mi tarjeta criptográfica, después de otros tres días no ya sin Fortuny, sino sin ordenador en el despacho. Pero aún quedan compañeros en lista de espera. Y el que espera, desespera.

Ya sé que la informática es complicada, pero no nos podemos permitir varios días sin acceder al sistema, o sin ordenador, ahora que ya hemos desterrado de nuestras vidas el bolígrafo para escribir a mano a la vuelta del papel, como antaño.

¿Y para cuándo un sistema informático igual para todos? ¿y para cuando un sistema único también con los Juzgados? ¿Nadie entiende que agilizaría enormemente porque evitaría la duplicidad de registros? Estamos en el siglo XXI, pero a veces cuesta creerlo.

Y ya puesto, la pregunta del millón: si se anota todo en Fortuny ¿qué necesidad hay de rellenar las malditas planillas?

Pues nada, a ver si Papá Noel nos trae alguna mejora al respecto.


SUSANA GISBERT

miércoles, 18 de diciembre de 2013

NO ME GRITES

Me decía ayer una fiscal recién ingresada (de la última promoción), que nunca esperaba que esto de la Fiscalía fuera así.   Que ella pensaba antes en lo atractivo de trabajar en equipo, en encontrar siempre el respaldo y la ayuda de jefes y compañeros en la lucha contra el delito.   Y que se ha encontrado con cantidades de trabajo masivas, con despacho de papel todos los días hasta la noche, con los fines de semana liados, con cantidad de servicios y ahora con la supresión de los sustitutos que les recarga aún más sus perspectivas.  Con un fiscal de baja por depresión y con otros en visitas al psicólogo y en general con la política del "sálvese quien pueda".    Y con gritos del jefe.   No se si se da mucho por ahí: yo solo he tenido un jefe gritón, pero un jefe así en una Fiscalía no muy grande es una maldición; especialmente si es un gritón selectivo, es decir de esos que no se atreve más que con aquellos que considera más débiles.  En una Fiscalía grande, con suerte no le ves; pero cruzarte cada día con un jefe que grita cuando no está conforme con lo que hacen los fiscales, especialmente en un ambiente cargado de papel y servicios, no debería permitirse.    Ya se que de eso no se habla, pero cuando lo oigo de alguien que lo sufre, me produce indignación.

martes, 17 de diciembre de 2013

RAZONES POR LAS QUE LA INSTRUCCIÓN 3/2013 ES INCOMPATIBLE CON LA LEY DE TRANSPARENCIA (II) por María Jesús Moya Martínez


La Fiscalía General asume su nueva autonomía para gestionar un hipotético, aún ignoto, presupuesto para retribuir las sustituciones por bajas por enfermedad, licencias por maternidad y paternidad y refuerzos”.  Esto  es,  las facultades del Fiscal General se aplicarán a la mayoría de los supuestos en que procede la sustitución.

A  pesar de lo que se ha celebrado la concesión a la Fiscalía General  de una limitada autonomía de gestión presupuestaria, este poder, en el contexto de la Ley de Transparencia, no debe sino traducirse en  una nueva responsabilidad  de nuestro Fiscal General por las decisiones y actuaciones propias y de la institución que dirige.

En el contexto de la ley de transparencia, será inevitable que cualquier ciudadano  pueda pedir a la Fiscalía General explicaciones , por ejemplo,  de por qué un proceso judicial determinado se  va atascando al destinarse  provisionalmente a tres o cuatro  fiscales cada diez días  que no pueden dedicarle el tiempo necesario de estudio. Además, a este respecto, será también inevitable  satisfacer el interés ciudadano en conocer cuánto dinero público y de qué manera se ha gestionado por nuestra Fiscalía General. Todos  conocemos de la existencia de procesos que suscitan un gran interés de los  medios de comunicación;  baste mencionar a título de ejemplo el caso “Campeón” “ El  caso Prestige” “ Madrid Arena “ etc.. A partir de ahora el  Fiscal General  deberá responder ante la ciudadanía de  sus decisiones presupuestarias en el ámbito de sus competencias.

Insistimos que en el ámbito de la Justicia, de la que participa nuestra Fiscalía, el derecho de información del ciudadano no puede desvincularse del derecho fundamental  de cualquiera, justiciable o víctima, a obtener la tutela judicial efectiva  y a que su causa judicial se resuelva justamente en un plazo razonable, como establece el artículo 6 CEDH.

Por ello  no será suficiente que la Fiscalía General, aunque no mencionada en la Ley de Transparencia,  se limite a remitir la información  de su gestión presupuestaria al Ministerio de Justicia delegante, ya que éste sí está obligado a  responder al derecho de petición del ciudadano.

Tampoco es explicable la distinción que la Instrucción de la Fiscalía realiza en el artículo 3.J) Medidas de transparencia y publicidad, pues  en el párrafo primero se ordena  que - “ Las listas de candidatos (forzosos), sus modificaciones, los llamamientos efectuados y, en su caso, los planes de sustitución serán puestos en conocimiento de todos los miembros de la Fiscalía”.

Sin embargo en el apartado segundo se limita a decir que “El Fiscal General presentará al Consejo Fiscal al final de cada año el presupuesto ejecutado en el ejercicio económico”. 

La información al Consejo Fiscal no garantiza   la transparencia que merecemos tanto  los Fiscales de plantilla como la ciudadanía a la que servimos.

Baste recordar que en esta materia no ha habido modificación expresa de las previsiones del del Reglamento de Régimen Interior del Consejo Fiscal (RRI) aprobado en fecha 20 de septiembre de 1983 que en su art. 17 del RRI señala lo siguiente:
                        
"Los Consejeros tienen obligación de guardar secreto de la materia reservada de que tengan conocimiento en el ejercicio de su función en el Consejo, así como de los debates del mismo.
Se entenderá por materia reservada, toda aquélla que, por afectar directa y personalmente a un determinado Fiscal no deba ser de general conocimiento, y aquella otra que, excepcionalmente, sea declarada como tal por el Fiscal General del Estado, salvo que el Pleno del Consejo se pronuncie en sentido contrario".

En mi opinión, esta Instrucción de nuestro Fiscalía General, que nace presurosa para obedecer la norma del Gobierno, se olvida que el contexto social actual  se supera al fin la concepción patrimonialista de la Administración Pública –“ el cortijo”- propio de la época feudal y de la Era del Absolutismo  anterior a la Revolución Francesa. Ya no se manda simplemente porque se tiene el poder, sino que  cuanto más poderoso es  el dirigente público, mayor debe ser su grado de responsabilidad ante el ciudadano, porque se decide sobre su dinero y su destino.

Los Fiscales de plantilla debemos oponernos a este Decreto y a esta Instrucción de Fiscalía, no sólo porque se nos esclaviza y se nos priva de nuestros derechos laborales y de conciliación familiar, sino también porque nuestros fines constitucionales nos deben alinear siempre con los derechos del ciudadano en una democracia avanzada.


PRÓRROGAS EN JEFATURAS

Sale en la prensa (noticia de agencia) que el actual Fiscal Jefe Anticorrupción será renovado hoy por el Consejo Fiscal.   Compite, según la misma noticia de prensa, con otros dos fiscales, uno Fiscal Jefe de TSJ y otro fiscal del Tribunal Supremo.   A mi modo de ver, en este asunto de las renovaciones de las Fiscalías (y no ésta de manera especial, sino en todas), lo primero que hay que decidir es si pasados 10 años de ejercicio en el cargo, se han cumplido las expectativas; si la Fiscalía funciona a satisfacción; si la sociedad puede sentirse satisfecha del rendimiento de un fiscal concreto al frente de una Fiscalía importante.  Esa es la idea de las renovaciones.   Antes de entrar a analizar perfiles de candidatos, a mi modo de ver, es preciso hacer ese análisis.   Y en función del resultado, discutir si el fiscal que pide la renovación ha agotado o no su ciclo.   Después de 10 años, los Fiscales Jefes son responsables del resultado de la acción de su Fiscalía.  Lo contrario convierte las Jefaturas en vitalicias salvo que -por razones no sometidas a análisis- se decida cambiarlos, lo que supone incrementar la inseguridad en el ejercicio del cargo de los fiscales al frente de puestos de relevancia.  No se si en el Consejo Fiscal han analizado la situación de la corrupción en España, el índice de la percepción de la corrupción y la reacción de la Fiscalía ante ella.   Y si han valorado que la reacción de la Fiscalía es satisfactoria.   Pero su decisión debería tomar en cuenta, sin ninguna duda, esos elementos.   Y resulta curioso, por otra parte, que la prensa se entere de todo esto antes que los afectados, o por lo menos que algunos de ellos.

En aras de la transparencia, los vocales del Consejo deberían dar cuenta de sus decisiones y motivaciones, y de todos los aspectos relevantes para inclinarse por un candidato u otro.   Han incumplido esa obligación durante cuatro años, para perjuicio de la Carrera y de la Justicia y contraviniendo sus promesas de transparencia en su campaña para ocupar el cargo.   En mi opinión, va llegando la hora de cambiar algunas cosas.

lunes, 16 de diciembre de 2013

JOSÉ JIMÉNEZ VILLAREJO

Se ha ido otro grande.   Sin haberlo tratado mucho personalmente, ha sido un jurista de gran trayectoria, brillante como muy pocos y con una  oratoria cautivadora.   Un amigo mío, magistrado jubilado del Tribunal Supremo, me dice con frecuencia que él sólo había admirado profesionalmente a una persona, a Pepe Jiménez Villarejo.  Hoy, mi amigo estaba hundido.   Pepe fue asimismo inspiración profesional de su su hermano Carlos a quien no hay día que no recuerde como el gran Jefe profesional que yo he tenido -y que seguramente, tendré- en mi Carrera profesional.  He hablado con él y su dolor desgarrado me conmueve. Descanse en paz.

domingo, 15 de diciembre de 2013

RAZONES POR LAS QUE LA INSTRUCCIÓN 3/2013 ES INCOMPATIBLE CON LA LEY DE TRANSPARENCIA (I) por María Jesús Moya Martínez


La coincidencia temporal entre la ley 19/2013 de 9 de diciembre de transparencia , acceso a la Información y buen gobierno” y del  Real Decreto 700/2013 de 20 de septiembre de sustituciones ,  así como  la Instrucción de la Fiscalía  General 3/2013 de 11 de noviembre de 2013,  revela , a mi entender, los severos   déficits democráticos que presentan estas dos últimas normas :

En   primer lugar,  es inevitable considerar que este Real Decreto, norma jurídica dictada por el ejecutivo  sin previo debate parlamentario,  puede ser percibido como una invasión política en la independencia de la Justicia.  Eufemísticamente se dice que la Administración Pública auxilia a la prestación del servicio público de la Justicia, cuando en realidad detenta el control factico sobre la misma al poder decidir sobre su financiación. A través de este poder de la Administración pública, el poder político puede condicionar el resultado de un proceso penal simplemente denegando un refuerzo de personal, o , por ejemplo, decidiendo que no hay presupuesto para suplir la vacante de un Juez o Fiscal, si hubiera  por medio un proceso de su interés. Esta es una hipótesis que puede producirse bajo la formal cobertura de este Decreto.

Lo mismo cabría concluir de nuestra Fiscalía General, porque el RD 700/2013 de 20 de septiembre involucra en su misión al Fiscal General, ya que en el artículo 2bis 2º se establece que “. El Ministerio de Justicia comunicará al inicio de cada ejercicio presupuestario al Fiscal General del Estado la cuantía máxima global que podrá destinarse al pago de estas retribuciones.”  

En el párrafo tercero de este precepto se dice expresamente que ..”El Fiscal General del Estado dictará las Instrucciones necesarias para determinar la organización del sistema, comunicando periódicamente al Ministerio de Justicia la evolución de las sustituciones y el gasto efectuado, sin que en ningún caso ello pueda producir un incremento en la cuantía referida en el párrafo anterior”.

Todo ello siempre que, según menciona la Exposición de Motivos de este Real Decreto , exista disponibilidad presupuestaria.

Ante la entrada en vigor de este Real Decreto, nuestro Fiscal General no ha reclamado al Ministerio contra esta grave injerencia política , que dado la escasez de Fiscales de plantilla  va a dilatar indebidamente nuestra ya atascada Justicia.

Ni siguiera  ha requerido al Ministerio un compromiso firme que permita conocer si existe realmente  y a cuánto asciende la  dotación presupuestaria  prometida  para  las sustituciones, que, recordemos, se reducen al 80 % del complemento de destino, un salario real inferior al de un agente judicial.

 La Fiscalía General, en cambio, ha decidido  asumir ciegamente las disposiciones del ominoso Decreto y ha dictado rauda y presta  la Instrucción 3/2013 , de 11 de noviembre de 2013  con eficacia a partir del 1 de diciembre del mismo año.

La Fiscalía General resuelve el problema creado por la insuficiencia de plantilla, acudiendo al principio  de jerarquía desnuda de cualquier contenido sustancial, pues se limita a ordenar a los Fiscales Jefes Provinciales y de Áreas que   “ se vuelvan locos” requiriendo a las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores el plan anual de señalamientos para organizar a los Fiscales de Plantilla   a fin de imponernos la cobertura de las vacantes existentes. 

El hecho, por ejemplo, de que en un territorio como Madrid la ratio sea de un Fiscal por cada cincuenta mil habitantes, explica por sí mismo nuestra negativa, por incapacidad física, a ser sustitutos voluntarios de nuestros compañeros. 

La Fiscalía General no contempla que esta situación creada por el Real Decreto y  la Instrucción comentada puedan resultar, por las razones  expuestas,  incompatible con los principios de buen gobierno recogidos en el artículo 26 y concordantes de la Ley de Transparencia, a saber: sometimiento al servicio público, imparcialidad, trato igual y no discriminatorio al ciudadano,  deber de diligencia debida en la prestación del servicio público y deber de fomentar la calidad en la prestación del servicio público. 

En el ámbito de la Justicia, todos estos principios de buen gobierno que recoge extensamente la ley de transparencia, se traducen en la práctica en el derecho fundamental de todos los ciudadanos, víctimas o justiciables,  a que su causa sea examinada en un juicio justo resuelto en un plazo razonable.

ALGUNAS NOTAS SOBRE LA LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACION Y BUEN GOBIERNO por María Jesús Moya Martínez


En el BOE de 10 de diciembre de 2013 se ha publicado la Ley 19/2013 de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información y buen gobierno de las administraciones públicas
Esta ley, según su Exposición de Motivos, debe permitir a cualquier ciudadano fiscalizar la actividad de los poderes públicos y conocer como se adoptan las decisiones en el seno de nuestras administraciones públicas, cómo se gestionan los recursos públicos,  o bajo qué criterios actúan nuestras administraciones públicas. De este modo se refuerza la responsabilidad de los poderes públicos frente a una sociedad  que cada vez es más critica y exigente y demanda participación en los poderes públicos.

La ley se divide en dos títulos principales. En el primero se establece que todas las administraciones públicas y personas físicas o jurídicas que gestionen un presupuesto  o una subvención pública  estarán sometidas a las disposiciones de la ley de transparencia. Se menciona expresamente al Consejo General del Poder Judicial y al Tribunal Constitucional, en cuanto goza de autonomía presupuestaria para realizar su actividad administrativa.

En  sus artículos 8 y concordantes se impone a los sujetos obligados, el deber de suministrar públicamente, a todos los ciudadanos, todas las decisiones que se adopten en materia de económica, presupuestaria y económica, incluso las retribuciones de los altos cargos de cada institución. De modo que los ciudadanos tengan conocimiento suficiente para valorar si la gestión del dinero público se gestiona de acuerdo a los principios de imparcialidad, eficacia, eficiencia y sometimiento a la ley y Derecho. Se impone a estas instituciones la obligación de publicar esta información a través de un  portal en internet . Se establece el derecho de petición individual de cualquier ciudadano para  que puedan solicitar directamente  esta información,  a través del procedimiento establecido al efecto.  


El Título II impone a las Administraciones Públicas la obligación de conducirse de acuerdo a los principios ético-legales de Buen Gobierno. En el artículo 26 se recogen los principios generales de buen gobierno: transparencia,  sometimiento al servicio público, imparcialidad, trato igual y no discriminatorio al ciudadano,  deber de diligencia debida en la prestación del servicio público y deber de fomentar la calidad en la prestación del servicio público,  responsabilidad por las decisiones y actuaciones propias y de los organismos que dirigen.

En el Título III se  establece incluso un Consejo de Transparencia y Buen Gobierno para recoger las reclamaciones que se formulen contra los sujetos obligados,  por incumplir las obligaciones de información, y se prevé igualmente un procedimiento sancionador contra el sujeto público que deniegue indebidamente esta información al ciudadano.

Se ha de reconocer que la ley comentada ha sido objeto de severas críticas desde la óptica de los derechos fundamentales. La ley española se fundamenta sobre el derecho de acceso de los ciudadanos a los expedientes públicos recogido en el artículo 105.b) de nuestra Constitución ,cuando debería basarse sobre los derechos fundamentales a recibir información (artículo 20 Constitución) y sobre el derecho fundamental de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos (artículo 23 Constitución). En este sentidoa , el  TEDH  estableció que el derecho de información de los ciudadanos se encuentra recogido en el artículo 10 CEDH , y por ello condenó en dos ocasiones a Hungría (asuntos Tarsasag  a Szabadsagjogokert contra Hungría, de 14 de abril de 2009, y Kenedi contra Hungría, de 26 de mayo de 2009.) Véase al respecto  todos los magníficos artículos publicados en el  blog HayDerecho, (por ejemplo este, y este). 

En el mismo sentido el informe que  realizó la OSCE sobre la ley española de transparencia disponible en el siguiente enlace(WWW.OSCE.ORG/ES/FOM/91312

En la siguiente entrada desarrollaremos por qué la Fiscalía, no mencionada en la ley de transparencia , no debe quedar al margen de su   regulación,  sobre todo a partir de las nuevas competencias de gestión presupuestaria que le delega el Ejecutivo en el RD 700/2013 de 20 de septiembre , porque en el ámbito del mencionado Decreto de sustituciones, el derecho de los ciudadanos a la información resulta inextricablemente vinculado con el derecho  fundamental a la tutela judicial efectiva  del artículo 24 de nuestra Constitución y con el derecho a un juicio justo en un tiempo razonable  del artículo 6 CEDH.

sábado, 14 de diciembre de 2013

MI CATALUÑA


No es más catalán Jordi Pujol que yo, ni quiere más a Cataluña que yo.  No lo son ni Mas, ni Junquera, ni Duran, ni ninguno de los políticos ni amigos que tengo en mi tierra, desde donde escribo ahora, en mi ciudad natal, Barcelona.  Conozco desde niños a algunos de los principales impulsores de lo que está ocurriendo ahora en Cataluña.  Tampoco son más españoles que yo ni Rajoy, ni Rubalcaba, ni ninguno de los amigos que tengo por toda España.   Mis identidades son la de un catalán que es español y al que le cuesta diferenciar afectos: a diferencia de otras personas, yo quería igual a mi padre y a mi madre, y quiero a todos mis hijos por igual.    Para quien no sienta estos afectos con esta pareja intensidad, quizá le sea más fácil decidir.   Expresiones como la de que “nos roban”, “nos vamos”, “que se vayan”,  “victimistas”, y demás que estoy escuchando me duelen y me afectan mucho.   A mí si que me roban algo muy importante con la secesión.   Se que esto es una cuestión política que lleva sin resolverse mucho tiempo, pero no quiero entrar ahí.   Quiero hablar de tres cosas:

1. Que los pasos que se han tomado ahora desde las fuerzas políticas catalanas que están en el gobierno, pueden llevar aparejadas consecuencias tremendas, imposibles de calcular ni con la mejor voluntad.   En Croacia la guerra se desencadenó tras un referéndum de independencia (mayo de 1991) en el cual hubo una mayoría cercana al 90 por ciento de votantes que votaron a favor.    Cuando votaron, esos croatas no sabían que iban a padecer una guerra que duraría varios años y a la que seguirían otras terribles que afectarían a croatas habitantes de otras partes de Yugoslavia.   Había habido antes incidentes graves, como una tremenda bronca en un partido de fútbol entre un equipo croata y otro serbio, y otros más, como la discriminación legal de los serbios que vivían en Croacia.   Pero el origen de esos incidentes había sido la creación expresa y deliberada de un ambiente de odio entre comunidades.  Cuando veo esa conferencia de "España contra Catalunya", y oigo lo que se dicen en ciertas radios españolas, me pregunto si no se está alimentando el odio del que derivarán luego males mucho mayores.   ¿Es que no se puede defender lo propio sin fomentar el odio al vecino?  Pero es que en Croacia, sigo con el ejemplo, tras el ataque al nuevo Estado de las tropas serbias de Milosevic, una región –La Krajina- decidió declarar a su vez la independencia de Croacia, lo que determinó que más tarde el contrataque croata se dirigiera a esa región con gran población serbia, en lo que fue la segunda guerra balcánica (la primera fue una muy breve en Eslovenia).   Y con el ejemplo de Eslovenia y Croacia, después siguieron otros referendums y otras independencias, como las de Bosnia y Kosovo; y otras guerras. ¿Querían esas guerras los croatas o los bosnios cuando votaron?  Mil veces no, dirían ahora las víctimas.  Pero el odio y la sordera a los argumentos del vecino se habían instalado en la zona.  Yo creo que estas cosas empiezan de una manera, pero es difícil manejarlas una vez empezadas.   Y hay que manejarlas con cuidado, que ya somos mayorcitos para jugar con las cosas de todos.

2.  Que en democracia hay cosas que no se pueden declarar unilateralmente en nombre del voto.   Decisiones que vulneran derechos de otros (y de manera irreversible) no pueden tomarse solo por la fuerza del voto propio.  El voto debe dar fuerza para negociar posiciones políticas, pero no para lesionar directa y unilateralmente los derechos de la gente que no piensa lo mismo.    Es claro que decisiones políticas vulneradoras de derechos fundamentales sostenidas por gobiernos democráticos pueden ser  delictivas, nacional o internacionalmente.    Incluso si cuentan con el respaldo de las opiniones públicas y se ratifican después con nuevas elecciones.    Si la mayoría de nosotros, los catalanes, quiere la independencia, en mi opinión eso debería determinar una negociación a largo plazo que se viera convalidada con varias votaciones a lo largo del tiempo (todas favorables a la secesión), y desde luego que abarcara la concorde decisión de varias generaciones de catalanes y el acuerdo también concorde del Estado.   No es suficiente con que HOY Y AHORA este sea el sentimiento mayoritario de la clase política catalana o incluso de la población catalana.    Si alguien cree que eso es suficiente, por falta de cuidado o por exceso de entusiasmo nos pueden llevar al desastre.

3.   En Cataluña y en el resto del estado la corrupción es asfixiante, y también lo es la enorme politización de la Justicia y consecuentemente, disminuye la capacidad del Estado para luchar contra esa delincuencia.    Esa peculiar situación hace que en ocasiones sea difícil para nuestros gerifaltes en Justicia distinguir lo que son delitos de lo que son problemas políticos: a veces se incoan causas que tienen un sustrato esencialmente político (y a veces nada delictivo), y por otra parte se dejen de perseguir delitos clarísimos cometidos en un entorno político o por personas protagonistas de la acción política.   Nosotros, en tanto que jueces o fiscales de la jurisdicción penal, los problemas políticos debemos mantenerlos fuera de nuestro objeto  de trabajo.   Pero los delitos no.   Si hay delitos estos han de perseguirse, aunque también sean problemas políticos, al menos en un sistema como en nuestro en que domina el principio de legalidad incondicional.  Y es que cuando la corrupción de políticos campea, suele presentarse ese doble fenómeno que es muy difícil de afrontar por juristas politizados.   Hacen falta juristas. No políticos juristas o juristas políticos, al menos en el área del derecho penal.    Puede  ocurrir (hipotéticamente) que corruptos planteen problemas políticos de primer orden que oculten o pongan en segunda fila problemas jurídicos personales de corrupción.   Los penalistas han de saber distinguir unos problemas de otros.  Sin miedo y con imparcialidad.   Algo que dado el estado de nuestra Justicia resulta muy difícil.

jueves, 12 de diciembre de 2013

SUSTITUIR A LOS SUSTITUTOS, POR SUSANA GISBERT

Ha llegado Diciembre y con él, además de las sempiternas campañas de Navidad, algo trascendental para la Carrera Fiscal: la entrada en funcionamiento del régimen de autosustituciones implantada por mor de la norma correspondiente.

El tema ha dado mucho de que hablar y mucho más que dará una vez puesto en marcha y acreditada la inoperatividad del sistema. Porque, aunque marche, será inoperativo, y antifuncional. Que nadie lo ponga en duda.

Creo que no hemos sabido explicar bien el problema que supone, y las nefastas consecuencias que va a conllevar no sólo a los fiscales, sino a la Justicia y al ciudadano, lo cual es todavía peor. Para ciertos sectores, no deja de ser una queja corporativa y hasta mezquina, con la que está cayendo, dado que, al contrario de muchos españolitos de a pie, tenemos un sueldo fijo con el que poder llegar dignamente a fin de mes, lo que no es poco en los tiempos que corren. Pero no es eso, o no es sólo eso, bien lo sabemos.

También creo que erramos el tiro al intentarnos comparar con los jueces y su regulación de este atropello. Quizás caemos en la eterna rivalidad con la carrera hermana, fruto de un histórico complejo de inferioridad que ya sería tiempo de superar. La supresión de los sustitutos es terrible para ellos y para nosotros, y pretender entrar a discutir sobre si la manera en que deben hacerlo ellos es mejor que la nuestra es desviar el foco de atención. Quizás sea una aplicación de la vieja táctica del “divide y vencerás” que tan buenos frutos da siempre en Justicia.

Lo que hay que hacer ver es las tremendas consecuencias que esto va a suponer en la prestación del servicio público. Tan sencillo como explicar que una persona no puede hacer el trabajo de dos personas sin merma en la rapidez en la prestación de tal servicio y, lo que es peor, en su calidad. A nadie se le ocurrió pensar en su día que la baja por maternidad de una ministra fuera cubierta por el ministro de la cartera vecina, por ejemplo, como a nadie se le ocurriría que la baja del informático de una empresa privada fuera cubierta por el jefe de ventas, que asumiera las funciones de ambos. ¿Por qué entonces sí ocurre con nosotros? Pues quizá porque no sabemos defendernos. Y no hay mejor defensa que saber hacer llegar a la gente la importancia de nuestra función. Y en eso, la verdad, nos queda mucho camino por recorrer.

Parece mentira que en una carrera en que nos llenamos la boca con la apuesta por la especialización, una norma de este tipo venga a perjudicarla de una forma tan seria. Porque, ¿de qué sirve que el Estatuto Orgánico prevea la especialización en materias como Menores o Violencia de Género, y en otras tan específicas como Medio Ambiente, Delitos Económicos, Seguridad Vial, Siniestralidad Laboral, Crímenes de Odio o Delitos Informáticos para que luego esté de baja el especialista y le pueda sustituir cualquiera? ¿A qué vamos a dar preeminencia, a nuestro servicio, o al de aquél al que susituimos? ¿Cómo va a funcionar un juzgado en el que pasan de manera rotatoria un fiscal tras otro?

Pues eso es lo que debiéramos transmitir, más allá de la miseria –que lo es- de si nos van a pagar la mitad de lo que pagarían al titular por hacer ese mismo trabajo. Paguen lo que paguen, incluso si no pagan, el atropello para el servicio público es el mismo. Y la desconsideración con nuestra carrera, también. Y eso es lo realmente importante.

Creo que la única posición correcta sería una oposición frontal al régimen de sustituciones en sí, y no a la manera de desarrollarlo. Por supuesto que cuando no nos quede otra haremos lo que toque, pero nada de colaboracionismo. Afortunadamente veo que, por las noticias que llegan, la inmensa mayoría de la carrera se ha negado a presentarse voluntario a semejante esperpento.

Por triste que parezca, no podemos olvidar que prestarnos a esto supondría pan para hoy y hambre para mañana. Porque a ver quién explica luego que si por el vil metal somos capaces de duplicar nuestra cuota de trabajo, no se pueda concluir que sobran plazas de fiscales. Y de ahí a la amortazación no hay más que un paso. Ojala me equivoque. Y si no, al tiempo.

SUSANA GISBERT

FISCAL (Fiscalía Provincial de Valencia)

martes, 10 de diciembre de 2013

EL FORO DE FISCALES EN FACEBOOK LLEGA A 601

A falta de la creación de un foro adecuado de discusión entre los fiscales, en el seno de la propia Fiscalía, las nuevas tecnologías y el ingenio y carisma de un fiscal (David Mayor) han suplido ventajosamente esa carencia.   Ya son más de 600 los fiscales que podemos contrastar opiniones, reclamar mejoras, plantear problemas y colgar documentos en Facebook.   La potencia de esa herramienta para ayudar a procurar cambios en la Fiscalía está por demostrar.  Yo creo que ahora o en poco tiempo el foro de fiscales va a permitir cambios en muchos aspectos.   Se habla y discute con respeto y con simpatía hacia el compañero, incluso en temas espinosos que no se eluden.   El tono reivindicativo es patente, y estoy seguro de que poco a poco esa herramienta ayudará a que los fiscales seamos mucho más conscientes de que las cosas que hacen con nosotros y con la Institución se tienen que acabar.   Por lo menos se van a acabar con nosotros callando.   Se trata de un espacio de libertad, y cuando la libertad entra en un espacio la gente se acostumbra a lo bien que sienta, y resulta muy difícil acabar con ella.

lunes, 9 de diciembre de 2013

EN OCASIONES VEO REOS ANALIZA TSJs

Las cifras desnudas que resultan de las  Memorias de diversas Fiscalías de TSJs, obligan en mi opinión a una reflexión.   En el magnífico blog "En ocasiones veo reos" (curioso nombre, por cierto) se están examinando una por una dichas estadísticas.  Nadie tiene la culpa, pero parece que no hay trabajo.   Las cifras que salen así lo sugieren aunque ya se sabe que no todo son las cifras y a lo mejor hay algo que escapa a los números.   De todas maneras, parece oportuno recordar que el establecimiento de Fiscalías de TSJs se dijo que se anticipaba a una reforma procesal hoy olvidada: En esas Fiscalías se iban a despachar los recursos de casación que hubieran de ser vistos por los Tribunales autonómicos.  Ya nadie habla de eso, pero la estructura que se creó sigue ahí.   En un tiempo en el que se plantea que los fiscales puedan ser obligados a llevar el lote de otro compañero para que el Ministerio pueda ahorrarse unos euros, ¿no sería razonable que alguien en la Fiscalía General estudiara bien la plantilla otra vez y en su caso racionalizara la estructura de la Institución?   A lo mejor de eso en parte se ocupa el Libro Blanco, pero como tampoco sabemos nada del Libro Blanco, no es ocioso traer el tema a colación.

Personalmente, me gustaba mucho más la estructura anterior en la que la Fiscalía de la sede del TSJ era a la vez Fiscalía de ambas, autonómica y provincial.  Menos líos, optimización del trabajo de los fiscales.  Es verdad que había menos jefes, pero eso no importa porque la creación de más jefaturas nunca fue para nada el motivo de la reforma, ¿no?

sábado, 7 de diciembre de 2013

NO ESTAMOS SOLOS

Hace unos años, poco antes de empezar a escribir aquí,  en la puerta de la Fiscalía del TS, hablando con un fiscal de la AF, a quien yo le reprochaba los abusos de las asociaciones presentes en el Consejo Fiscal, me dijo algo así: "como no te pongas en la puerta con una pancarta, no se que puedes hacer".  Hoy, pasados los años, veo que quienes no estamos conformes con abusos de las asociaciones mayoritarias, ni con la politización en nuestra institución ni en la Justicia, ni somos pocos ni estamos solos.  Solo que no estamos -hasta ahora- en comunicación.  Pero veo que hay muchos jueces y dos asociaciones que abominan de la situación.  Veo que hay una asociación de Inspectores de Hacienda que se queja de lo mismo.  Y veo lo mismo en los Colegios de Abogados y en los de Procuradores.  E igual al hablar de Policías, de Guardias Civiles; he contactado con algunos notarios y diplomáticos que piensan lo mismo.   Recomiendo un blog donde se habla de estas cosas, ¿Hay Derecho?   Y entre nosotros, se que hay muchos fiscales -asociados y no asociados- a los que esto que ocurre no les gusta nada.    Observad -por ejemplo- que hoy muy pocos en las conversaciones de despacho o café justifican las cosas que pasan aquí; quienes abusan, pasito a pasito, están retrocediendo.  En el foro de fiscales hay un tono reivindicativo mucho más que complaciente.  Poco a poco podemos conseguir -sin ser como los que ahora hacen aquí lo que les da la gana, y sin hacer lo mismo que ellos: así sería muy fácil- reconducir la Fiscalía: transparencia, objetividad, imparcialidad y coraje (como nos pide acertadamente Albert Lory en un comentario a la anterior entrada).   Imponiendo esos valores, cambiaremos las cosas; y sin necesidad de colocar una pancarta en  puerta de la Fiscalía General.

viernes, 6 de diciembre de 2013

DIA DE LA CONSTITUCIÓN

Hoy hace 35 años que se aprobó la Constitución.  En lo que se refiere al Poder Judicial ha resultado decepcionante.   No solo por la falta de claridad en su texto: algo tan importante como la composición del CGPJ no podía admitir interpretaciones.  O por la falta de definición del Ministerio Fiscal, equilibrista entre el Poder Judicial y el Ejecutivo, que a la postre -como pasó con el Poder Judicial- se ve perforado en su estructura y funcionamiento por el Gran Poder en España, que es el Ejecutivo.   Si la Justicia no está bien diseñada en la Constitución, preservando su independencia frente a otros poderes del Estado, es una quimera soñar con una aplicación de la ley con igualdad para todos.    Por ello yo he cambiado de opinión: desde el aprecio y el respeto por nuestra Constitución, a la militancia en la necesidad de reforma: una Constitución que alberga y ampara las cosas que ocurren hoy y desde hace 30 años en España, a mi no me gusta.   Una reforma que debería reequilibrar los poderes del Estado, entre otras muchas cosas.   Hoy es día de fiesta, pero para mi sería mucho más festivo el día en que se abordara la modificación de esta norma; aunque como tantas otras cosas, creo podemos esperar sentados.  Los principales beneficiarios de esta Constitución (básicamente los dos partidos políticos que se alternan en el Gobierno desde hace más de 30 años) no van a cambiarla para reequilibrar nada. Y las personas que por mediación de los partidos políticos indicados han ocupado la jerarquía del Estado, incluyendo la Justicia, tampoco van a ayudar.

jueves, 5 de diciembre de 2013

LO QUE ME IMPORTA

En un medio le hacen una entrevista al fiscal del caso Noos.  Creo que está muy bien que el fiscal se explique en ese caso y aclare algunas cosas.  La más importante, para mi, es cuando señala que no ha recibido presión alguna de la Fiscalía General, y que solo le han llamado para ayudarle.   Siendo eso así, dos reflexiones: la primera, que quien conoce un asunto mejor que nadie es quien lo lleva; en los casos de esta naturaleza, además, quien lo lleva es quien va a tener que ir a juicio a defender y tratar de probar su acusación, por lo tanto es mucho mejor que todo lo que afirme que ha ocurrido en sus conclusiones provisionales esté soportado por pruebas que considere suficientes.   Además, se trata de un fiscal consistente de gran prestigio y trayectoria, que cuando hace un tiempo discrepó de su jefe en un caso de corrupción muy importante, llegó hasta el Consejo Fiscal en su queja.  No creo que ese fiscal tuviera ningún problema para pedir la imputación de cualquier persona, si creyera que eso es lo procedente.   Yo confío sin reservas en su criterio profesional consciente de que es un caso muy complicado de llevar con tranquilidad.  La segunda reflexión es relativa al FGE.    En este asunto está actuando de manera correcta, en mi opinión.   Está soportando un cierto coste mediático manteniendo la posición profesional del fiscal del caso, sin distanciarse públicamente de él y sin ejercer presión alguna (que estoy seguro de que los fiscales anticorrupción de Baleares en su caso denunciarían).  Es lo que hay que hacer.  

miércoles, 4 de diciembre de 2013

LO DE HACIENDA

Lo que está ocurriendo en Hacienda, que ha publicado El Mundo y que hoy nos ofrece su último episodio con la dimisión del jefe de la Inspección por injerencias del Director de la Agencia Tributaria "en varios asuntos", es gravísimo desde la perspectiva de la investigación de los delitos.   En delitos de corrupción, la Justicia depende absolutamente del trabajo de otras personas.  La Policía y la Agencia Tributaria son fundamentales para la investigación.    Pocos profesionales he encontrado nunca tan preparados como los Inspectores de Hacienda en la lucha contra la delincuencia económica; y puedo recordar algunos de ellos con una motivación extraordinaria en la persecución del delito.   Al igual que el resto de los funcionarios públicos, además de estar obligados a colaborar con la Justicia están compelidos por un deber de actuar con imparcialidad.  Pero se da la circunstancia de que en estos profesionales de la Agencia Tributaria descansan gran parte de las posibilidades de luchar con eficacia contra la corrupción.    Es un chascarrillo conocido aquel que dice: "sin perito, no hay delito".  Si su trabajo requiere ahora de más garantías para preservar su independencia al colaborar con la Justicia; si hace falta protegerles con medidas para asegurar su imparcialidad ante influencias políticas, debería hacerse a su satisfacción: peligra la credibilidad en la lucha contra unos delitos de gran importancia.

lunes, 2 de diciembre de 2013

LA INSTRUCCIÓN 3/2013 DE SUSTITUCIONES Y LA LEY DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO

A través del RD 700/2013 de 20 de septiembre de 2013, publicado en el BOE el  28 del mismo mes y año,  nuestro Gobierno pretende suprimir la financiación salarial de los jueces y fiscales sustitutos.

Estos jueces y fiscales sustitutos no eran  personal de refuerzo que el Ministerio de Justicia contrataba para aliviarnos en nuestras tareas, sino que suplían las vacantes estructurales, la insuficiente plantilla de jueces y fiscales titulares, por medio de contrataciones que sólo comprometían coyunturalmente la siempre escasa inversión pública en la Justicia.

El Gobierno  pretende, siempre que haya disponibilidad presupuestaria, que los Jueces y Fiscales suplentes sean retribuidos,  no con un salario entero, sino con el 80 por ciento del complemento salarial. En el caso de los Fiscales este complemento oscila entre 1330 a 1800 euros en bruto, por lo que el Ministerio se propone retribuir el trabajo de un Fiscal con una cantidad bruta mensual de entre 1064 a 1440 euros brutos mensuales,   un salario notablemente inferior al de un agente judicial.
  
Como la ley de  retribuciones no permite contratar ningún Fiscal por este salario, el Real Decreto   establece que este trabajo debe realizarse por los Fiscales de plantilla y delega en la autonomía organizativa del Fiscal General la imposición del cumplimiento del Decreto.

La Fiscalía General ha decidido no  recordar a la  Administración de Justicia que su justo deber es proveer a la Justicia de medios personales suficientes y , en cambio,   ha dictado la Instrucción 3/2013 para  imponernos el cabal cumplimiento de la ominosa norma gubernativa.

Esta Instrucción 3/2013  de la FGE es aún más restrictiva que el mencionado Real Decreto,  porque sólo prevé remunerar a  los Fiscales que se ofrezcan voluntarios a cubrir vacantes y guarda silencio sobre  si se remunerará  a los  sustitutos forzosos. La inmensa mayoría somos aspirantes a sustitutos forzosos , no ha habido apenas voluntarios porque la escasez de fiscales en las provincias y áreas impide físicamente la prestación de servicios extras.

A la vez el RD 700/2013 concede al Fiscal General la nueva potestad de gestionar autónomamente una dotación presupuestaria para retribuir las vacantes por enfermedad, y licencias por maternidad y paternidad que se produzcan.  Esta limitada  autonomía presupuestaria que se concede al Fiscal General  ha coincidido en el tiempo con la recién aprobada Ley de Transparencia y Buen Gobierno de las Administraciones Públicas.

La limitada  autonomía presupuestaria que se concede al Fiscal General por medio de este Real Decreto, ha coincidido en el tiempo con los nuevos  principios de convivencia social  que se recogen en la recién aprobada Ley de transparencia , acceso a la información y buen gobierno,
En este contexto deontológico y normativo , resultan  insuficientes  las previsiones de publicidad y transparencia de la Instrucción 3/2013.

Entiendo que  la Fiscalía General debe informar cuál es la dotación presupuestaria recibida, como se distribuye entre las Fiscalías Provinciales y de Área,  cual va a ser el complemento salarial de referencia para  calcular la retribución a percibir en cada caso. También debería aclararse por qué, en contra de las previsiones del Real Decreto 700/2013, no se prevé remunerar a los sustitutos forzosos y, en su caso, qué destino se dará a esta dotación presupuestaria no invertida en sus fines.


Esta información no debe reservarse al Consejo Fiscal sino que debe ser pública  y accesible para todos los Fiscales  porque son fondos públicos y no puede obviarse la necesidad de controlar  la correcta administración e inversión de los mismos.

Maria Jesús Moya Martínez