miércoles, 24 de junio de 2015

LA FISCALÍA SIGUE IGUAL

Uno no sabe si es que la jerarquía de la Carrera (configurada a base de afinidades políticas alternativas durante muchos años) es más fuerte que cualquier FGE que pueda llegar, o que solo llegan a Fiscales Generales quienes no desean cambios en absoluto.  Pero lo cierto es que pasan los meses y los años y nada sustancial cambia en la Fiscalía en lo que se refiere a los derechos de los fiscales.   La ausencia de protocolos sobre acoso laboral, sobre estres laboral, la ausencia de baremos de trabajo, la falta de reglamentación interna adaptada a la normativa nacional e internacional sobre protección de los trabajadores y riesgos laborales, la desidia por suplir la falta de dicha normativa con aplicaciones analógicas de la ley hacen que los fiscales estemos absolutamente desprotegidos frente a los abusos.   Si un fiscal padece un estrés laboral excesivo debido a cargas de trabajo inasumibles (el reconocido en el ámbito laboral como síndrome del burnout), la Fiscalía no ofrece salida alguna porque no hay normativa: al revés, como se descuide le cae un expediente por retrasos; si hay retrasos, importa poco a la Fiscalía que las cantidades de trabajo efectivamente despachadas sean ingentes: como no hay baremos (y nadie está interesado en ponerlos), eso no cuenta.  La última ocurrencia es que el instructor de un expediente disciplinario se elija a dedo y sin motivación por el FGE que ha de imponer eventualmente la sanción por retrasos (de verdad que no doy crédito a cosas como esta): el que ha de sancionar elige sin restricciones a quien ha de investigar y proponer la sanción.    Si se discrepa por un fiscal de una distribución de trabajo, el Consejo Fiscal le dice que no puede recurrir en vía contenciosa y analizan su queja solo desde la perspectiva del reglamento preconstitucional (ahora parece que están estudiando un poco la cuestión a la vista de los primeros pronunciamientos jurisdiccionales en contra de su posición).  Si un compañero sufre acoso laboral, como no hay protocolos, su situación es de auténtica indefensión: si denuncia y presenta pruebas, no se investigaran salvo que se trate de pruebas directas (como si el acoso fuera normalmente una práctica que se hace en plaza pública); si pide la baja por depresión no se le garantiza que su reincorporación se realice en Fiscalía diferente a donde sufrió el acoso, o se le niega la reincorporación a pesar de lo que digan los médicos.   Habrá el compañero de luchar en interminables contenciosos porque sus pretensiones se desestimarán con toda probabilidad en la Fiscalía ante la mirada distraída del Consejo Fiscal (eso si no incoan expediente al denunciante -incluso para echarle-, como es notorio que ya ha ocurrido).   Lo mismo con el bochornoso sistema de concursos, o con tantas otras deficiencias profesionales. Este es el panorama que sufren bastantes fiscales.   Además, cuidado con quien se queje.  Porque la falta de diligencia en arreglar los problemas no es la misma que la que se tiene para poner a caldo donde se pueda al quejoso.   Es increíble que lo que la Fiscalía aplica a terceros se lo niega a los propios.

Mientras, naturalmente, las jefaturas se asignan con todo rigor en su inmensa mayoría a los asociados de quienes nos representan en el Consejo Fiscal.   Todo eso esta atado.

¿No va siendo hora de cambiar un poco todo esto?  ¿De mirar simplemente como está la carrera judicial, que tiene graves problemas, pero que avanza en aspectos que aquí simplemente se silencian?  ¿No va siendo hora de que la Fiscalía General invierta en serio energía en arreglar todo este desastre?


miércoles, 17 de junio de 2015

LOS FISCALES DE MÁLAGA EXIGEN

Hace unos meses, la APIF hizo una reclamación pública al Ministerio exigiendo una corrección del número de plazas de tercera categoría respecto de las de segunda a fin de evitar que fiscales con muchos años de antigüedad en la segunda categoría siguieran cobrando como abogados fiscales recién ingresados.   Le propusimos al Ministro un cambio en la normativa, que la estudiaran y que finalmente establecieran un tiempo para ascender de tercera a segunda y que quien fuera de tercera que cobrara de tercera y quien fuera de segunda cobrara de segunda estuvieran ambos donde estuvieran.    Pasa el tiempo y ni la Fiscalía General parece sentirse excesivamente concernida por estas reclamaciones ni el Ministerio desde luego hace el mínimo caso hasta la fecha de estas peticiones.   La situación es lamentable porque en este aspecto, como en otros, los fiscales están abandonados desde el punto de vista administrativo.    Hay otros temas importantísimos que la jerarquía no aborda: el establecimiento de baremos de trabajo, el establecimiento de un sistema disciplinario justo equiparable al de los jueces, el establecimiento de reglas internas de impugnación de decisiones de las jefaturas, el establecimiento de un Portal de Transparencia en la Fiscalía y varios más.   Personalmente creo que la jerarquía de la Fiscalía solo reacciona a base de recursos (ahora están pensando que ¡vaya!, como resulta que un Tribunal en Canarias ha decidido que a los Fiscales también se nos aplica el derecho administrativo general en nuestras relaciones con la institución, pues hay que "reflexionar" sobre este tema).   Y quizá aquí no haya finalmente otro remedio que lanzarse por ese camino.   Pero mientras tanto, unos cuantos fiscales de Málaga -quizá la Fiscalía de España más afectada por este problema- han hecho llegar al Ministerio otra protesta en el mismo sentido.   Este asunto es penoso (y además una injusticia) y la Institución debería plantarse ante el Ministerio para arreglarlo.

viernes, 5 de junio de 2015

CONCLUSIONES DEL OBSERVATORIO DE LA PLATAFORMA CÍVICA POR LA INDEPENDECIA JUDICIAL EN EL NOMBRAMIENTO DEL PRESIDENTE DE LA AP DE VALENCIA

Leer cosas como está pueden producir tristeza, porque evidencian con toda su crudeza la extrema politización de los nombramientos en la Judicatura, fruto de un sistema creado por el bipartidismo en el que lo importante es la colocación de los afines y además a ser posible en puestos claves de la Justicia.   El informe es desolador ya que cualquier analista imparcial ha de concluir que las razones del nombramiento están clarísimas pero no son precisamente las que han de mejorar la Justicia.   Si alguien creía todavía que algún cambio en la buena dirección era posible, pues ahí está la respuesta.   Y sigue la fiesta.
Quiero dar las gracias a la Plataforma por hacer estos estudios que ejemplifican como muy pocas cosas los males de la Justicia española.

ANALISIS

1.- El Consejo basa su decisión en la “ actividad jurisdiccional de calidad “ del candidato a pesar de que  resulta ser el candidato que menor actividad jurisdiccional tiene acreditada, ya que  ha dedicado quince años de su carrera profesional a las tareas de Decano, Secretario y Conseller de Justicia en el gobierno autonómico y Vocal del CGPJ ( desde 1998 hasta 2013 ).
2.- Se destaca la calidad de sus resoluciones a pesar de que solo lleva un año trabajando en la AP frente a Magistrados que acreditan 15 y hasta 28 años de servicio en la Audiencia. Su último destino antes de dedicarse a la tarea gubernativa y política  fue un juzgado de instrucción en el año 1998.
 3.- Se destaca su capacidad resolutiva por triplicar el modulo de dedicación del Consejo. Se trata de un mérito discutible. No se encuentra en la convocatoria y en cualquier caso no se menciona el intervalo de tiempo en el que se ha desarrollado dicha capacidad resolutiva ( que no puede ser superior a un año ).
4.- Se cita el conocimiento profundo de la Audiencia Provincial, aunque como se ha señalado el candidato únicamente lleva un año trabajando allí, destacándose  de su programa de actuación las referencias a oficina judicial, a los temas de transparencia, a la apuesta por las nuevas tecnologías y al funcionamiento de las Salas de Gobierno. Las referencias son genéricas y como viene siendo habitual no se comparan los diferentes programas de los candidatos, ni sus propuestas, por lo demás similares porque la capacidad de actuación del órgano es también muy limitada.
5.- Se omite que el candidato únicamente tiene un año de experiencia en órgano colegiado penal y carece de experiencia en órgano colegiado civil (ambos méritos específicos de la plaza que se convoca). Varios candidatos  tienen experiencia en ambas jurisdicciones. Un magistrado ejerce en la AP desde el año 1986 y es presidente de sección desde el año 1999. Una candidata con 15 años de experiencia en órgano colegiado acredita resoluciones de especial relevancia jurídica que le han merecido el otorgamiento de la Cruz de San Raimundo de Peñafort.
6.-  El Consejo destaca que “ los cargos para los que ha sido nombrado fuera de la carrera judicial han estado siempre relacionados con la misma”. Desconocemos que se quiere justificar con esta afirmación ya que  los demás candidatos han dedicado toda su vida profesional al ejercicio de la función jurisdiccional. El Consejo se decanta, sin embargo, por quien acredita méritos diferentes a los estrictamente jurisdiccionales y gubernativos, que son los exigidos en la convocatoria.

7.- El candidato elegido desarrolló su tarea política en  el gobierno del PP desde el año 2003 al año 2008.Posteriormente fue elegido Vocal  del CGPJ a propuesta del PP. Algunos cargos políticos de ese partido  en la comunidad van a ser enjuiciados en la AP por hechos cometidos durante  dicho periodo. Elementales razones de prudencia  vinculadas a la apariencia de neutralidad del máximo representante de la AP, desaconsejaban este nombramiento máxime viniendo del órgano encargado de velar por la independencia del Poder Judicial.

8.- Ni en esta convocatoria ni en ninguna otra apreciamos como se valora lo previsto en el Aº 3 del Reglamento : En la provisión de las plazas a que se refiere este Reglamento se impulsarán y desarrollarán medidas que favorezcan la promoción de la mujer con méritos y capacidad.

9.- El candidato elegido es miembro de la APM.

lunes, 1 de junio de 2015

ENTRADA NÚMERO 1000, Y UNA MALA ESPECIE DE FISCALES

Son con esta mil entradas las que se han producido en este blog.   Mil ocasiones para poner de manifiesto los problemas de la Justicia en España, de resaltar el trabajo de los buenos profesionales y de denunciar los abusos cuando se producen.   Miras para atrás y ves cuanto trabajo se ha hecho y que magros los resultados obtenidos.  Aunque quizá esta sea tarea de siembra y que la siega llegará en unos años, en unos lustros tal vez por otros compañeros.

Y mira que siento tener que completar esta entrada censurando a una especie de fiscales que se dedican a resaltar de manera sistemática y muchas veces en falso cualquier aspecto negativo que afecta a un compañero.    En alguna ocasión yo mismo he sido víctima de esas prácticas, pero no es ciertamente en lo que me afecta a mi lo que más me preocupa.   Esos individuos -algunos están perfectamente identificados-, incapaces antes de faltar al respeto de otros de investigar, de averiguar lo ocurrido, de contrastar con el afectado o con terceros lo que critican, hacen daño gratis porque ni siquiera les reporta beneficio la ofensa.   Si esas conductas, además, se desarrollaran por un casual en el contexto de la jerarquía de la Fiscalía, las fronteras con el acoso laboral, o con las prácticas  señaladas como nocivas por el Ministerio de Trabajo serían muy tenues.       Me encantaría ver que en el régimen disciplinario, que en la normativa -inexistente- de protección de riesgos laborales de los fiscales, que en un Reglamento postconstitucional del Ministerio Fiscal pudieran crearse las bases para poder denunciarse estos hechos, que pudieran ser investigados y que cayera quien cayera, se pudieran sancionar.   No es mal deseo para esta entrada número 1000, y desde luego algo así creo que mejoraría mucho el ambiente de la Fiscalía.