lunes, 3 de abril de 2017

LA MADRE, EL NIÑO Y EL TELÉFONO: EL FISCAL HIZO LO CORRECTO

Hace unos días era noticia que una madre había sido acusada en Almería con pena de prisión por quitarle el movil a su hijo menor de edad, y luego absuelta de tan extraña acusación.   No me creí en ningún momento esa versión que había trascendido, de manera que hablé con un compañero de Almería.  Tenía que ser algo diferente aunque hubiera trascendido de esa manera, no se acusa a nadie por quitarle el movil a un niño en ejercicio de la patria potestad.   El compañero  efectivamente me explicó los hechos tal como los conoció la fiscal que hizo el escrito de acusación y creo que la Fiscalía de Almería hizo lo correcto.   Con estas cosas ocurre que una cosa es lo que parece que ocurre en la Guardia, y otra es lo que al final se puede probar.   Hoy leo una entrevista al Fiscal Jefe de Almería que preguntado da las explicaciones sobre lo ocurrido.   La pena es que la Fiscalía General no haya tomado medida alguna previa para dar publicidad a la correcta actuación de la compañera y evitarle así el disgusto de ver su actuación en todos los mentideros, ni tampoco que el Consejo Fiscal saliera a defender una actuación profesional que en el momento en que se realizó era correcta. Ha de haber una explicación pública ante actuaciones del Fiscal, especialmente cuando son correctas pero criticadas por no conocerse el   conjunto de los hechos.   Ni de broma tiene la misma publicidad la noticia que se da en la prensa con aires de escándalo, que la explicación de lo realmente ocurrido que ahora hace el Fiscal Jefe.    Y esa diferencia de difusión es descrédito para la Fiscalía y daño para unos fiscales.   Copio la declaración del Fiscal Jefe, al que felicito por su renovación, que coincide con lo que a mi me informaron:

Un caso de hace unos días, la acusación contra la madre que quitó el móvil al niño y fue absuelta, pero a la que Fiscalía pedía 9 meses de cárcel. ¿Fue una mala apreciación o un exceso de celo?
En este procedimiento intervinieron dos fiscales y dos jueces, fiscal y juez de instrucción y fiscal que va a juicio y juez que enjuicia. Actuaron correctamente cada uno en su papel. Es absolutamente injusto las descalificaciones e insultos hacia una fiscal que actuó con escrupuloso rigor y cargada de razón. Eso es presión, es intolerable.
¿En qué se basaba la acusación?
La fiscal no acusa a una madre por forcejear por una discusión con un móvil, no. Aquí se acusa porque, según el denunciante y otros testigos, lo agrede, lo empuja y le causa unas lesiones, leves, pero hay un parte y un médico forense que hace constar esas lesiones. Y, es más, dice que no es la primera vez. El menor llama a su tío, hermano de la madre, y a su mujer, y le acompañan a denunciar. Días después en el juzgado se reiteran en la denuncia y la madre se acoge a su derecho a no declarar. ¿Qué debería haber hecho la fiscal de guardia? ¿actúa a la ligera? Hizo lo que tenía que hacer. Y después el fiscal que va a juicio, visto el desarrollo, actúa también en consecuencia, pero como tantas veces. Con todo eso van diciendo que si debería la fiscal estar en la cárcel,  intentando identificar quién es… qué barbaridad, eso es presión mediática.

1 comentario:

  1. En su momento sin conocer el procedimiento y la circunstancias de los hechos, me di cuenta que no podía ser tan simple como se quería presentar. No me cabía duda que si se había tramitado un procedimiento con una declaración como investigada ( ahora me entero que se negó a declarar), un escrito de acusación fiscal ,un auto de apertura de juicio oral etc , la decisión se basaba en hechos no tan esquemáticos y pretendidamente inanes que se decía. Es curioso todo recae según los medios sobre una supuesta desmesura del fiscal . Nada a seguir por ese camino, como las criticas escasamente jurídicas efectuadas a algún otro fiscal en un caso notorio celebrado en Palma de Mallorca o considerar que la única función del fiscal es ejercer la acusación si o también si.
    Mis felicitaciones a la fiscal que acusó, y al fiscal que fue a juicio , se atuvieron al artículo 124 de la Constitución, que al parecer es que hay mucha gente que no se ha leído.
    Sería necesario que se hiciera uso más a menudo del articulo 4.5 del EOMF.

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